Días sin IVA en Colombia

by - junio 17, 2020

No es un secreto que la actual pandemia por contagio de COVID-19 ha conducido a una crisis económica tanto a nivel individual, con perdidas de trabajo o reducción de ingresos en otros casos, como a nivel de empresas y gobiernos. Parte de los síntomas visibles de esta crisis económica es la perdida de liquidez (dinero en efectivo) y con ello la reducción del consumo, afectando a su vez el mantenimiento de negocios actuales y el desarrollo de nuevos. Ante tal situación, el gobierno colombiano se planteó estrategias para recaudar dinero, pero también para fomentar el consumo, lo que en escalas macroeconómicas significa un desarrollo económico.

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Una de las medidas adoptadas por el gobierno son los 3 días sin IVA en el marco del periodo esperado de cuarentena. Esta, se espera, pueda dinamizar la economía, ya que es el consumidor final quien verá reflejado la reducción del impuesto en el precio total a pagar, de esta manera, a precios más bajos, se espera que haya mayor consumo, y por tanto un impacto positivo en las empresas, que al recibir más ingresos pues tributarán en la misma medida.

¿Qué es el IVA?

El IVA es un impuesto sobre el valor añadido, de ahí su nombre, y grava el consumo doméstico final de productos y servicios producidos tanto en Colombia como en el exterior, es decir, este impuesto no es asumido por el vendedor sino que lo paga directamente el consumidor. En Colombia la tarifa general es de 19% desde el 2017, sin embargo, existen tarifas diferenciales, es decir, menores o mayores a el 19%, y otros productos los cuales están exentos de este impuesto.

Cálculo de IVA

Para calcular el precio real, sin IVA, de un producto o servicio, con una tasa general, se divide el valor total pagado entre 1,19.

Por ejemplo, si tenemos un producto por el que hemos pagado $1'500.000, su valor sin impuesto será:

$1'500.000 / 1,19 = $1'260.504, es decir aproximadamente $239.495 de IVA.

Días sin IVA

Por medio de la sanción presidencial del decreto 682 se establecieron las reglas para los días de exención de IVA, el primero de estos días es el 19 de Junio, y posteriormente se replicará el 3 de Julio, y el 19 de Julio.
Lo más importante respecto a las exenciones del impuesto es conocer qué bienes estarán cubiertos por el decreto, las cuales están determinadas por una cantidad de UVT (Unidad de Valor Tributario), que, para el 2020, quedó fijada en $35.607. Los bienes cubiertos serán aquellos que sean vendidos en el territorio nacional, y se dividen en:

1. Prendas de vestir que cuesten menos de $712.140 c/u (sin IVA)
2. Accesorios que cuesten menos de $712.140 c/u (sin IVA)
3. Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicación de menos de $2'848.560 c/u (sin IVA)
4. Artículos para práctica deportiva, de menos de $2'848.560 c/u (sin IVA)
5. Juguetes o juegos de máximo $356.070 c/u (sin IVA)
6. Útiles escolares por valor de $178.035 c/u (sin IVA)
7. Bienes e insumos para el sector agropecuario, de menos de $2'848.560 c/u (sin IVA)

Entre las condiciones que se plantean para que, como consumidores, seamos beneficiarios de esta reducción está que la forma de pago aceptada solo es por medio electrónico (tarjeta débito o crédito), y que la entrega de los bienes comprados debe darse en máximo 2 semanas posterior al día de la compra. Por otro lado, para estimular la compra equitativa, se estableció que el consumidor solo podrá adquirir un máximo de 3 unidades por cada categoría de bien, con el mismo vendedor, es decir, solo podrá comprar, por ejemplo, 3 camisetas a éxito para ser beneficiario, pero podrá comprar otros 3 bolsos (como accesorios) en el mismo comercio.

Consejos

En los últimos días ha suscitado un revuelo porque, al igual que en ocasiones pasadas, los comercios han empezado a aumentar el valor de sus productos, para que, una vez llegue el Día sin IVA, se reduzca el 19% correspondiente al IVA, y, como empresa, perciban el ingreso que antes obtenían pagando el IVA. Así que se recomienda que en los días o semanas previas a estos descuentos se rastree los productos que se esté pensando adquirir para verificar que efectivamente se está pagando el valor real sin IVA (tal como está más arriba en el cálculo), y en caso de irregularidades, notificar a la Superintendencia de Industria y Comercio.

Además, aunque la idea de esta iniciativa es motivar el consumo y reactivar la economía del país, como consumidores finales debemos ser conscientes de nuestras compras, y solo aprovechar estas reducciones para comprar lo que ya teníamos presupuestado comprar, y no realizar compras solo por el hecho de ser encontrarlas más económicas por estos días.

El último consejo es que como ciudadanos nos cuidemos, recordemos que esta medida surge precisamente en medio de una coyuntura de salud pública, así que si finalmente decides que vas a comprar algo, aprovecha los medios electrónicos habilitados para ser beneficiarios de la exención de IVA, y compra desde casa, por internet.

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